LEY N° 119
SE ASIGNA PENSIÓN AL INVÁLIDO DON PACÍFICO OROSCO (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1866.
Sancionada el día 10 de Enero de 1866.

LEY Nº 119 ( s/n Original )
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

DECRETO LEGISLATIVO
Se asigna pensión al inválido don Pacífico Orosco

La Representación General de la Provincia ha sancionado la siguiente
DECRETA
Artículo 1°.- Asígnase al inválido don Pacífico Orosco, la pensión de cien pesos anuales, que percibirá desde que se ponga en vigencia el Presupuesto del presente año.
Art. Comuníquese.

SALA DE SESIONES, Salta enero 10 de 1866.

JUAN MARTÍN LEGUIZAMÓN – José S. Aráoz


JUAN MARTÍN LEGUIZAMÓN – José S. Aráoz

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