Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1866. Sancionada el día 19 de Junio de 1866.
LEY Nº 128 ( s/n Original )
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
DECRETO LEGISLATIVO
Se fija día para la elección de Gobernador
La Representación General de la Provincia en sesión preparatoria electoral
DECRETA
Artículo 1°.- Señálase el día 9 de Julio, aniversario de la Independencia Nacional, para la elección de Gobernador de la Provincia, que sucederá al actual en el próximo período constitucional.
Art. 2°.- Autorízase al Presidente de esta Cámara, para expedir las órdenes conducentes al cumplimiento del artículo anterior.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese.
SALA DE SESIONES, Salta junio 19 de 1866.
JUAN MARTÍN LEGUIZAMÓN – José S. Aráoz
EL GOBIERNO
Cúmplase y promúlguese la precedente honorable sanción.
SALTA, junio 20 de 1866.