SE ABRE UN CRÉDITO SUPLEMENTARIO AL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA PAGAR UNA DEUDA A D. MIGUEL FLEMING (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1869. Sancionada el día 20 de Noviembre de 1869.
LEY Nº 153 ( s/n Original )
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
DECRETO LEGISLATIVO
Se abre un crédito suplementario al presupuesto general de gastos para pagar una deuda a D. Miguel Fleming
LA REPRESENTACIÓN GENERAL DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- Abrese un crédito suplementario al inciso 7º del presupuesto general de gastos de la Provincia, por la cantidad de trescientos treinta pesos seis reales, para el pago del crédito de D. Miguel Fleming.
Art. 2º.- Comuníquese.
SALA DE SESIONES, EN SALTA a 20 de Noviembre de 1869.