LEY N° 154
LÍMITES INTERPROVINCIALES – SEÑALANDO NUEVOS LIMITES A LOS DEPARTAMENTOS DE CACHI Y POMA (ANTES PAYOGASTA).

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1869.
Sancionada el día 20 de Noviembre de 1869.

LEY N° 154 ( s/n Original )
Se señala nuevos límites a los Departamentos de Cachi y Poma
(antes Payogasta)
LA REPRESENTACION GENERAL DE LA PROVINCIA
sanciona la siguiente
LEY:
Artículo 1° — Señálase por límites entre los curatos de Cachi y Payogasta, erigidos en Departamentos por Ley de 22 de Febrero de 1867, la línea que parte del Río Concho (hoy Palermo), que dista como seis leguas al Norte de Cachi, que nace de una serranía del poniente y tiene su curso más o menos al naciente hasta que desemboca en el Río Grande; de este punto de la desembocadura se toma una línea hasta tocar el cerro llamado “Fuerte Alto”, por cuyo pie desciende el Río del Potrero, y tomando el curso de éste al Norte, las caídas al poniente pertenecerán a La Poma, y las del naciente a Cachi, sirviendo de límites a uno y otro curato el lecho del Río del Potrero hasta su nacimiento que se llama “Poma Corral”, que colinda con el curato de Rosario de Lerma.
Art. 2° — El Departamento antes llamado Payogasta, se denomina La Poma, señalándole por Capital la población que lleva este nombre.
Art. 3° — Deróganse las disposiciones que, en la Ley de 22 de Febrero de 1867, sobre, la creación de los Departamentos Cachi, y Payogasta, estuviesen en oposición a la presente.
Art. 4° — Comuníquese.
SALA DE SESIONES, EN SALTA a 20 de Noviembre de 1869—
DELFIN LEGUIZAMON
ARISTIDES LOPEZ
Secretario
SALTA, Noviembre 29 de 1869—
Ejecútese y promúlguese como Ley de la Provincia y dése al Registro Oficial.
ZORRILLA
FEDERICO IBARGUREN




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