NO HACIENDO LUGAR A LA ERECCIÓN DE UN DEPARTAMENTO FORMADO POR LOS PARTIDOS DE LAS CAÑAS Y CERRO NEGRO (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1870. Sancionada el día 18 de Noviembre de 1870.
LEY Nº 181
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
DECRETO LEGISLATIVO Nº 144
No haciendo lugar a la erección de un Departamento formado por los Partidos de Las Cañas y Cerro Negro
LA CÁMARA LEGISLATIVA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- No ha lugar a la erección de un nuevo Departamento formado de los Partidos Las Cañas y Cerro Negro.
Art. 2º.- Comuníquese.