AGROPECUARIA - AGRICULTURA – APROBANDO Y DECLARANDO OBLIGATORIA EN TODA LA PROVINCIA LA ORDENANZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CAMPO SANTO QUE REGLAMENTA LAS OBLIGACIONES DE AGRICULTORES Y GANADEROS.
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1870. Sancionada el día 18 de Noviembre de 1870.
LEY N° 182 (ORIGINAL N° 145)
LEY
DECRETO LEGISLATIVO N° 145
Aprobando y declarando obligatoria en toda la Provincia la Ordenanza de la Municipalidad de Campo Santo, que reglamenta las obligaciones de agricultores y ganaderos
LA REPRESENTACION GENERAL DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase y declárase obligatoria en toda la Provincia, la Ordenanza Municipal de Campo Santo, fecha 22 de Setiembre de 1869, reglamentando las obligaciones de agricultores y ganaderos.
Art. 2° — Dicha Ordenanza será observada a los treinta días de su promulgación y su vigencia cesará cuando se haya sancionado el Código Rural de la Provincia.
Art. 3° — Comuníquese, imprímase y circúlese a quienes corresponda.
SALA DE SESIONES, SALTA Noviembre 18 de 1870—
VICENTE ANZOATEGUI
ARISTIDES LOPEZ
Secretario
EL GOBIERNO
SALTA, Noviembre 23 de 1870—
Ejecútese y promúlguese como Ley de la Provincia.
ZORRILLA
FEDERICO IBARGUREN