FUERZAS ARMADAS – AUTORIZANDO AL P.E. PARA CONMUTAR LA PENA DE PRESIDIO O TRABAJOS FORZADOS POR LA DE SERVICIO MILITAR EN LAS FUERZAS DE LINEA DE LA NACIÓN.
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1870. Sancionada el día 19 de Diciembre de 1870.
LEY N° 186 (ORIGINAL N° 155)
LEY
Autorizando al Poder Ejecutivo para conmutar la pena de presidio o trabajos forzados por la de servicio militar en
las fuerzas de línea de la Nación
LA REPRESENTACION GENERAL DE LA PROVINCIA
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1° — La pena de presidio o trabajos forzados que los Tribunales aplicaren a los delincuentes, podrá conmutarse por el P. E. por la de servicio militar en las fuerzas de línea de la Nación.
Art. 2° — Comuníquese.
SALA DE SESIONES, SALTA Diciembre 19 de 1870—
SIXTO OVEJERO
ARISTIDES LOPEZ
Secretario
EL GOBIERNO
SALTA, Diciembre 21 de 1870—
Ejecútese y promúlguese como Ley de la Provincia.
ZORRILLA
FEDERICO IBARGUREN