LEY N° 198
SE DECLARAN SUJETOS AL IMPUESTO DE PATENTES VARIOS RAMOS NO PATENTADOS POR LAS LEYES VIGENTES - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1872.
Sancionada el día 24 de Febrero de 1872.

LEY Nº 198 (s/n Original)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

LEY

Se declaran sujetos al impuesto de patentes varios ramos no patentados por las leyes vigentes

LA REPRESENTACIÓN GENERAL DE LA PROVINCIA

sanciona con fuerza de

L E Y

Artículo 1º.- Declárase sujetos al impuesto de patentes fiscales los siguientes ramos de industria en forma que establece la presente Ley:
1º. Los capitales que se inviertan en especulaciones de tropas de ganados de toda especie, con exclusión del vacuno para el abasto público, pagarán una patente de un cinco por mil avaluados aquéllos en la forma siguiente:

Bueyes y Novillos $ 15
Vacas 8
Mulas 20
Caballos 10
Yeguas y Burros 5

2º. Toda tropa de mulas que se expenda en la provincia por individuos no patentados como troperos, pagarán igualmente una patente de cinco por mil sobre el avalúo del inciso anterior;
3º. Quedan sujetas a la misma patente las arreas de mulas de todas las provincias;
4º. Los prestamistas de dinero a premio pagarán patente anual de un cinco mil de su capital en giro;
5º. Las compañías de arquitectos pagarán patente anual de $ 100;
6º. Los empresarios de Puentes y Caminos pagarán patente anual de cincuenta pesos;

Art. 2º.- El avalúo de los capitales a que se refieren los incisos 1º, 2º, 3º y 4º del Art. 1º anterior será practicado por la comisión de avalúos creada por la Ley.

Art. 3º.- Comuníquese.

SALA DE SESIONES, SALTA Febrero 24 de 1872.

J. MARTÍN LEGUIZAMÓN – ARÍSTIDES LÓPEZ


EL GOBIERNO

SALTA, Marzo 2 de 1872.

Téngase por Ley de la provincia, comuníquese a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.

LEGUIZAMÓN – ZACARÍAS TEDÍN

Mq/eo-shs


J. MARTÍN LEGUIZAMÓN  – ARÍSTIDES LÓPEZ

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