SE RECONOCE COMO DEUDA DE LA PROVINCIA VARIOS CRÉDITOS (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1873. Sancionada el día 29 de Octubre de 1873.
LEY Nº 217 ( s/n Original )
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
DECRETO LEGISLATIVO
Se reconoce como deuda de la Provincia varios créditos
LA REPRESENTACIÓN GENERAL DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- Reconócese como deuda a cargo de la Provincia la cantidad de tres mil seiscientos sesenta y siete pesos bolivianos de 400 gramos en la forma siguiente.
1 a favor del camarista, Dr. D. Nicolás Carenzo $ 800
2 a favor del ex gobernador D. Juan N. Uriburu 543
3 a favor del ex teniente gobernador de Orán D. Vicente Uriburu 210
4 a favor del ex intendente don Horacio Alemán o sus herederos 190
5 Al ex fiscal, don Juan P. Figueroa id. id. 192
6 a favor de la ex maestra de escuela, doña Benigna Saravia 148
7 a favor del ex gobernador, don José M. Todd 1300
8 a favor de doña Aurelia N. de Matorras, en representación de esposo, don Juan Matorras por valor de auxilio de ganado prestado en 1863
200
$ 3667
Art. 2º.- Inscríbase dicha deuda en el gran libro de Crédito Público.
Art. 3º.- Hágase por la Oficina de Crédito Público el abono respectivo en fondos públicos del 6% de renta y 1% de amortización y archívese los expedientes después de sentada la diligencia de pago.
Art. 4º.- Comuníquese.
SALA DE SESIONES, SALTA Octubre 29 de 1873.
BENJAMÍN ZORRILLA - ARÍSTIDES LÓPEZ
EL GOBIERNO
SALTA, Noviembre 3 de 1873.
Cúmplase la antecedente honorable sanción, comuníquese a quienes corresponda, remítase en copia autorizada al Presidente del Crédito Público, publíquese y archívese.