LEY N° 220
SE ABRE UN CRÉDITO SUPLEMENTARIO AL PRESUPUESTO GENERAL PARA PAGAR UNA DEUDA EN FAVOR DE DON MANUEL R. MÉNDEZ (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1873.
Sancionada el día 01 de Diciembre de 1873.

LEY Nº 220 ( s/n Original )
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

LEY 220
Se abre un crédito suplementario al presupuesto general para pagar una deuda en
favor de don Manuel R. Méndez

LA REPRESENTACIÓN GENERAL DE LA PROVINCIA

sanciona con fuerza de

L E Y

Artículo 1º.- Abrese un crédito suplementario al presupuesto general de la Provincia por la cantidad de setecientos setenta y un pesos, setenta y cinco centavos bolivianos de cuatrocientos gramos.

Art. 2º.- Páguese con esta cantidad al Sr. D. Manuel R. Méndez su cuenta corriente, líquida al 19 del ppdo. Noviembre.

Art. 3º.- Comuníquese.

SALA DE SESIONES, SALTA Diciembre 1º de 1873.

DAVID SARAVIA - ARÍSTIDES LÓPEZ


EL GOBIERNO

SALTA, Diciembre 2 de 1873.

Ejecútese y promúlguese como ley de la Provincia.

ZORRILLA

Mq/pjm-shs


DAVID SARAVIA - ARÍSTIDES LÓPEZ

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