LEY N° 272
ACORDANDO UNA REMUNERACIÓN A DON PLÁCIDO AYMO. (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1882.
Sancionada el día 17 de Febrero de 1882.

LEY 272 (Original Número 24)

Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA).

Artículo 1°.- Acuérdase a don Plácido Aymo por una sola vez y por sus servicios prestados a la Provincia, la suma de doscientos pesos bolivianos.

Art. 2º.- Comuníquese.


FELIPE D. PÉREZ – Alejandro Figueroa – Felipe R. Arias – Nicolás Arias.

EL GOBIERNO



Salta, Marzo 2 de 1882.



Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.



ORTIZ – Manuel Solá.



(Controlado por Digesto pjm-srp)

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