LEY N° 324
INMUEBLE - AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA CEDER AL GOBIERNO NACIONAL LOS TERRENOS DEL ASILO DE MENDIGOS.

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1885.
Sancionada el día 08 de Enero de 1885.

LEY N° 324 (ORIGINAL N° 5)
LEY
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para ceder al Gobierno de la Nación los terrenos en que
funcionan actualmente el “Asilo de Mendigos” y la “Casa de Corrección” a objeto de que se
construya una Escuela Normal de varones.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo dará cuenta a las HH.CC. del uso que haya hecho de esta autorización.
Art. 3°.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Enero 8 de 1885.
FRANCISCO ALVAREZ – Alejandro Figueroa – Emilio F. Cornejo – Daniel Goytia
Departamento de Gobierno
Salta, Enero 13 de 1885.
Cúmplase, publíquese e insértese en el R. O.
SOLA – J. M. Tedín – Felipe R. Arias




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