EMPRESAS - CONCEDIENDO A LA EMPRESA DE NICANOR MÉNDEZ Y ALGELT, PRÓRROGA POR SEIS MESES EN LA CONCESIÓN DADA POR EL GOBIERNO.
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1885. Sancionada el día 24 de Enero de 1885.
LEY N° 327 (ORIGINAL N° 14)
LEY
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta,
DECRETA
Artículo 1°.- Concédese a la Empresa de los señores D. Nicanor Méndez y don Adán Algelt, la
prórroga de seis meses en calidad de definitiva y expirado ese término, se considerará caduca la
concesión.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Enero 24 de 1885.
FRANCISCO ALVAREZ – Alejandro Figueroa – Emilio Cornejo – Daniel Goytia
Departamento de Gobierno
Salta, Enero 26 de 1885.
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R. Oficial.
SOLA – J. M. Tedín – Felipe Arias