LEY N° 370
AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA SUBVENCIONAR A LA MUNICIPALIDAD DE CAMPO SANTO CON LA SUMA DE DOS MIL PESOS (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1887.
Sancionada el día 15 de Noviembre de 1887.

LEY Nº 370 (Original Nº 244)

Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

LEY

Autorizando al Poder Ejecutivo para subvencionar a la municipalidad de Campo Santo con la suma de dos mil pesos

Artículo 1°.- Autorízase al P.E. para que subvencione a la municipalidad de Campo Santo en la suma de dos mil pesos para la construcción de reparos sobre la margen del Río Mojotoro en el lugar más conveniente para defender al pueblo de Campo Santo de las inundaciones del expresado río.

Art. 2°.- El P.E. inspeccionará la inversión de los fondos votados y la realización de las obras.

Art. 3°.- Los gastos que demande la presente ley serán sufragados con los primeros fondos que se recauden de la contribución territorial de aquel departamento y serán imputados a la presente ley.

Art. 4.- Comuníquese, etc.


FRANCISCO ÁLVAREZ – Salustiano Sosa – Emilio Sylvester – Daniel Goytia 

Departamento de Gobierno

Salta, noviembre 18 de 1887.

Téngase por ley de la Provincia, publíquese y dése al R. O.

GÜEMES – E. M. Gallo

Mq/meo-afg

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