LEY N° 376
AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA CONTRATAR UN EMPRÉSTITO POR LA SUMA DE CIEN MIL PESOS (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1888.
Sancionada el día 11 de Enero de 1888.

LEY Nº 376 (Original Nº 14)

Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Autorizando al Poder Ejecutivo para contratar un empréstito por la suma de cien mil pesos

Artículo 1°.- Autorízase al P.E. para contratar un empréstito hasta la suma de cien mil pesos moneda nacional, para combatir la epidemia del cólera que se presenta.

Art. 2°.- Queda, igualmente autorizado el P.E. para dar en garantía de este empréstito cien leguas cuadradas de las tierras fiscales.

Art. 3º.- Comuníquese, etc.


FRANCISCO ÁLVAREZ – Salustiano Sosa – Emilio Sylvester – Daniel Goytia 

Departamento de Gobierno y Hacienda

Salta, enero 13 de 1888.

Téngase por ley de la Provincia, comuníquese, publíquese y dése al R. O.

GÜEMES – A. Martínez – David Zambrano

Nag/nag-afg

Responsive image Responsive image