LEY N° 3935
MODIFICATORIA DE DECRETO LEY 213-62-REMUNERACIONES PERSONAL DOCENTE. (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 7230, el día 27 de Noviembre de 1964.
Sancionada el día 12 de Noviembre de 1964.

Artículo 1º.- Sustitúyese al artículo 2º del Decreto Ley 213/62 por el siguiente:
“Art. 2º.- Las remuneraciones del personal docente regido por la Ley 3.707 se calcularán de acuerdo con los siguientes índices:
Cargos Categorías
1ª 2ª 3ª
Rector o Director 51 49 48
Vicerrector o Vicedirector 48 46 45
Secretario 33 31 29
Jefe de Preceptores 28 26 24
Preceptores 23 23 23 ”
Art. 2º.- Comuníquese, etcétera.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año mil novecientos sesenta y cuatro.


CARLOS SERRALTA – Dr. Raúl Fiore Moules – Rafael A. Palacios – Armando Falcón

Ministerio de Gobierno, Justicia e Instrucción Pública

Salta, 20 de noviembre de 1964.

Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Dr. RICARDO JOAQUIN DURAND – Dr. Guillermo Villegas

Responsive image Responsive image