LEY N° 3947
INCLUYE EN ARTICULO 109 DEL DECRETO LEY Nº 361/56 (CODIGO FISCAL Y LEY IMPOSITIVA), INC. 7º. (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 7237, el día 09 de Diciembre de 1964.
Sancionada el día 19 de Noviembre de 1964.

Artículo 1º.- Inclúyese en el artículo 109 del Decreto Ley Nº 361/56 (Código Fiscal y Ley Impositiva), como inciso 7º, el siguiente:
“Inciso 7º)- Los bosques y montes artificiales en la parte afectada a dichas plantaciones únicamente”.
Art. 2º.- Comuníquese, etcétera.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Salta, a los diecinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos sesenta y cuatro.


ROBERTO DIAZ – Raúl Fiore Moules – Rafael A. Palacios – Armando Falcón

Ministerio de Economía, Finanzas y Obras Públicas
Salta, noviembre 27 de 1964.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial de Leyes y archívese.

Dr. RICARDO J. DURAND – Ing. Florencio Elías

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