DECRETO-LEY N° 407/63
PENSIONES - PRORROGA POR 5 AÑOS PENSIÓN GRACIABLE A FAVOR DE ÁNGELA FLORES DE CAPOBIANCO.

Publicado en el Boletín N° 6952, el día 07 de Octubre de 1963.

DECRETO LEY N.º 407
Salta, 3 de Octubre de 1963
Expte N°s 3069/63—C. (N° 2111/63 de la Caja de Jub. y Pens. de la Provincia)
—VISTO estas actuaciones en las que la Sra. ANGELA FLORES DE CAPOBIANCO, solicita prórroga de la pensión graciable que le fue otorgada por Ley N° 1660, y posteriormente prorrogada por Ley N° 3220/58, cuyo beneficio ha caducado el día 18 de setiembre de 1963; y
—CONSIDERANDO:
Que de conformidad a las constancias agregadas en estas actuaciones, aún subsisten las causales que motivaron en principio el otorgamiento del mencionado beneficio a la señora Angela Flores de Capobianco;
Por ello, atento a lo dictaminado por el Asesor Letrado del Ministerio del rubro a fs. 69 vta.;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
Decreta con Fuerza de Ley
Art 1º. — Prorrógase a partir del día 19 de setiembre de 1963, la pensión graciable de la señora ANGELA FLORES DE CAPOBIANCO, QUE le fuera, otorgada por Ley N.º 1660 y posteriormente prorrogada por Ley N.º 3226/58, por el término de cinco (5) años.
Art. 2º. — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIZ REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
MUSELI
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es copia:
Lina Bianchi de López
Jefe de Despacho de A. S. y Salud Pública



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