DECRETO-LEY N° 244/56
PENSIONES - OTORGA PENSIÓN A FAVOR DE ÁNGELA DOLORES FIGUEROA Y JUANA AZUCENA FIGUEROA.

Publicado en el Boletín N° 5223, el día 13 de Agosto de 1956.

DECRETO LEY N° 244-E
Salta, 28 de julio de 1956.
Expte. nº 980-F-1956.
Por ello, y atento a lo dictaminado por el señor Fiscal de Gobierno a fs. 33,
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1º.- Acuérdase a las señoritas Ángela Dolores Figueroa y Juana Azucena Figueroa una pensión graciable de Doscientos pesos ($ 200 m/n) Moneda Nacional mensuales, a cada una por el término de cinco años.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se hará con imputación a la Ley 1204.
En caso de que los fondos a que se refiere el artículo 12 de la mencionada ley resultaran insuficientes, el gasto se tomará de Rentas Generales con imputación a este decreto-ley.
Art. 3°.- El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en ACUERDO GENERAL.
Art. 4º.- Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
ALEJANDRO LASTRA
Alfredo Martínez de Hoz (h)
José María Ruda
Germán O. López
Es copia
Santiago Felix Alonso Herrero
Jefe de Despacho del M. de E. F. y O. Públicas



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