POLICIA – SUSPENDE LA VIGENCIA DE TIEMPOS MINIMOS PARA ASCENDER ESTABLECIDOS EN LEY N° 4491.
Publicado en el Boletín N° 9903, el día 12 de Enero de 1976.
DECRETO LEY Nº 32/75
Este decreto ley se sancionó el día 26 de diciembre de 1975.
Boletín Oficial de Salta Nº 9.903, del 12 de marzo de 1976.
Ministerio de Gobierno
El Interventor Federal de la Provincia decreta con fuerza de
L E Y
Artículo 1º.- Suspéndese por esta única vez y hasta el 31 de diciembre de 1975, la vigencia de los
tiempos mínimos para ascender, establecidos en el Anexo IV de la Ley 4.491- del Personal Policial.
Art. 2º.- Téngase por decreto de ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, insértese en el
Registro Oficial de Leyes y oportunamente archívese.
Pedrini - Evaristo Pombo