APRUEBA RÉGIMEN DE VALORACIÓN DE ANTECEDENTES PARA ASISTENTES ESCOLARES Y HOJA DE CONCEPTO PROFESIONAL PARA ASISTENTES ESCOLARES EN ESCUELAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL
VISTO, la Resolución Ministerial Nº 1231/02 que establece los Lineamientos para la Valoración del Desempeño Profesional Docente, la Resolución Ministerial Nº 1851/08 que establece el Régimen de Valoración de Antecedentes para la Carrera Docente y la Resolución Ministerial Nº 2512/11 que resuelve publicar en el Boletín Oficial el Proyecto de Resolución de Régimen de Valoración de Asistentes Escolares a implementarse en Escuelas de Educación Especial dependientes de la Dirección General de Educación Primaria y Educación Inicial; y
CONSIDERANDO:
Que las Leyes de Educación Nacional y Provincial profundizan la necesidad de una reforma global de la educación, que exige cambios estructurales curriculares y organizativos a nivel institucional, y que impactan fuertemente en los modelos de gestión;
Que en el marco de la transformación del Sistema Educativo y de la política educativa del Gobierno de la Provincia se meritúa oportuno elaborar un "Régimen de Valoración de Antecedentes para Asistentes Escolares" y "Hoja de Concepto Profesional para Asistentes Escolares" de las Escuelas de Educación Especial dependientes de la Dirección General de Educación Primaria y Educación Inicial; a fin de que respondan a las funciones que cumplen los mismos;
Que se valoraba el desempeño profesional de los Asistentes Escolares mediante la Resolución Nº 1231/02 y ante la solicitud de la Ex - Dirección General de Regímenes Especiales y la omisión de la Resolución Ministerial Nº 1851/08 de un Régimen de Valoración que contemple los cargos de Asistentes Escolares, se estima pertinente la incorporación de una regulación específica para tal fin;
Que el mencionado Régimen no sólo se aplicará a los aspirantes a ingresar al Sistema Educativo como Asistentes Escolares sino también a los que actualmente se encuentran desempeñando sus funciones en las Escuelas de Educación Especial dependientes de la Dirección General de Educación Primaria y Educación Inicial;
Que dichos instrumentos de valoración se estructuran en torno a dos ejes de acción: fortalecimiento de la eficiencia y el mejoramiento de la calidad;
Que a través de la Hoja de Concepto Profesional para Asistentes Escolares, se percibe a la evaluación, como búsqueda de procesos de mejora de la calidad de los servicios educativos a partir del análisis racional de los puntos críticos;
Que en este instrumento se ha tenido en cuenta la inclusión de los actores que participan de la gestión institucional en los diferentes ámbitos de desempeño profesional;
Que la Hoja de Concepto Profesional para Asistentes Escolares, abarca las siguientes dimensiones: Práctica Profesional Institucional; Práctica Profesional y Asistencia;
Que se registraron aportes de las siguientes instituciones: Colegio Profesional de Psicólogos, Colegio Profesional de Psicopedagogía, Colegio Profesionales del Servicio Social y Trabajo Social de la Provincia, Colegio de Kinesiólogos de Salta y Directores de las Escuelas de Educación Especial de la jurisdicción;
Que a tal efecto han tomado debida intervención la Secretaría de Gestión Educativa, la Subsecretaría de Planeamiento Educativo, la Dirección General de Educación Primaria y Educación Inicial, la Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y los siguientes gremios: AMET, UPCN, ATE, ADP y SADOP, recomendando otorgar el beneficio que por la presente se confiere;
Por ello;
La Ministra de Educación
R E S U E L V E:
Artículo 1º - Aprobar el "Régimen de Valoración de Antecedentes para Asistentes Escolares" y la "Hoja de Concepto Profesional para Asistentes Escolares" que corresponden a los Anexos I y II de la presente; siendo las Escuelas de Educación Especial dependientes de la Dirección General de Educación Primaria y Educación Inicial principales destinatarias de la presente norma.
Art. 2º - Dejar establecido que, en su carácter de órgano de aplicación, la Junta Calificadora de Méritos y Disciplina está facultada a resolver las situaciones no prevista en la reglamentación vigente.
Art. 3º - Comunicar, insertar en el Libro de Resoluciones, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
VER ANEXO Dra. Adriana López FigueroaMinistra de EducaciónProvincia de Salta