RESOLUCIÓN N° 50/23
APRUEBA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE AL CUADRO MODIFICATORIO Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS HOSPITALARIOS Y CENTRO DE REFERENCIA COVID-19 - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21397, el día 24 de Enero de 2023.



SALTA, 16 de enero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 50

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 114.426/21 - Cpde. 27 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita la aprobación del Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra: “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS HOSPITALARIOS Y CENTRO DE REFERENCIA COVID-19 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 309/22 (fs. 38/39), se adjudica la ejecución de la obra mencionada a la empresa I.C. S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 55.494.400,10 (pesos cincuenta y cinco millones cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021;

Que a fs. 01/02, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la Secretaría de Obras Públicas, eleva a consideración de la superioridad el cuadro modificatorio de la obra de referencia, manifestando los motivos que dieran lugar al mismo y la variabilidad del monto de contrato, surgido del balance económico entre economías y demasías;

Que los cambios se deben a que en el Anexo C.4 punto 6 del legajo de obra se solicita el acondicionamiento de las bombas existentes en el edificio del Centro de Convenciones donde se instaló un Centro de Referencia Covid-19, lo cual no pudo ser cumplimentado de acuerdo a lo solicitado. Dentro del marco de esta obra, se realizaron arreglos en tres bombas existentes, solucionado por un corto periodo de tiempo el problema en una de ellas, no consiguiendo los repuestos necesarios para su correcto funcionamiento debido a la antigüedad de las mismas. Por lo tanto, esta 3º bomba queda fuera de servicio por la imposibilidad de su arreglo quedando las otras dos en perfecto funcionamiento, dando lugar a ésta economía de obra;

Que a fs. 23/24 y vta., la Dirección de Obras de Salud y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., prestan conformidad a lo requerido,

Que a fs. 26, mediante Actuación Nº 19/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 27/28 el Dictamen Nº 82/22 y a fs. 29 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el Cuadro Modificatorio surge una economía de obra por la suma de $ 266.760,00 (pesos doscientos sesenta y seis mil setecientos sesenta con 00/100), cifra que representa una disminución equivalente al 4,81 % del monto contractual básico;

Que a fs. 32, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto de la economía del cuadro modificatorio asciende a la suma de $ 266.760,00 (pesos doscientos sesenta y seis mil setecientos sesenta con 00/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Junio de 2.021, contando con la conformidad de la contratista;

Que a fs. 33 vta., rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Que a fs. 34/35, mediante Dictamen Nº 373/22, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del Cuadro Modificatorio de referencia;

Que a fs. 37, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante Informe Nº 16/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley Nº 8.072 y artículo 67 y 5 pto. B) inc, 7) de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación correspondiente al Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra: “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS HOSPITALARIOS Y CENTRO DE REFERENCIA COVID-19 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, que representa una economía de obra por la suma de $ 266.760,00 (pesos doscientos sesenta y seis mil setecientos sesenta con 00/100), quedando el monto actualizado en la suma de $ 55.227.640,10 (pesos cincuenta y cinco millones doscientos veintisiete mil seiscientos cuarenta con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021 y que como Anexo forma parte de presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Suscribir la respectiva Addenda Modificatoria del contrato mencionado con la contratista I.C. S.R.L., por el monto dispuesto en el artículo 1º de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar al Sistema Administrativo Financiero - SAF del Ministerio de Infraestructura para su toma de razón.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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