RESOLUCIÓN N° 585D/21
ACEPTA RENUNCIA. DR. RODOLFO RAUL REINOSO. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21120, el día 26 de Noviembre de 2021.



SALTA, 25 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 585 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. nº 166314/21 - código 89

VISTO
la renuncia presentada por el doctor RODOLFO RAUL REINOSO, D.N.I. Nº 11.664.065, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital Público de Autogestión "San Bernardo” del Ministerio de Salud Pública, a partir del 19 de julio de 2021, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio tramitado a través del Expediente Nº 0242011664065241, otorgada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 05 y 09);

Que el agente incumplió con a la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso, por su expresa negativa, (fs. 04);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8171 y 5348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 19 de julio de 2021, la renuncia del doctor RODOLFO RAUL REINOSO, D.N.I. Nº 11.664.065, al Cargo: Profesional Asistente, Agrupamiento: Profesional de la Salud, Subgrupo: 1, Nº de Orden 806, del Decreto Nº 3602/99, dependiente del Hospital Público de Autogestión "San Bernardo” del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el doctor REINOSO, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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