RESOLUCIÓN N° 658/21
DECLARA FRACASADA ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 87/21. OBRA: CORDÓN CUNETA Y OBRAS ANEXAS SOBRE CALLE SARMIENTO - LOCALIDAD DE PICHANAL - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21117, el día 23 de Noviembre de 2021.



SALTA, 15 de Noviembre de 2.021

RESOLUCIÓN Nº 658

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 100.201/2.021 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 87/21 llevado a cabo para la contratación de la obra “CORDÓN CUNETA Y OBRAS ANEXAS SOBRE CALLE SARMIENTO - LOCALIDAD PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 500/21 (fs. 178/179), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 16.435.332,29 (pesos dieciséis millones cuatrocientos treinta y cinco mil trescientos treinta y dos con 29/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 181/198, mediante Resolución Nº 93/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 205, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 206 y vta., en el Boletín Oficial, a fs. 207 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 22 de Octubre de 2.021 (fs. 226/227), presento su única oferta la empresa “LUCAS PEDRO IGLESIAS”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 276/276 vta., rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 93/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar inadmisible la oferta presentada por la empresa “LUCAS PEDRO IGLESIAS”, por cuanto se observa en el análisis de precios, que el importe de mano de obra es menor al vigente dispuesto por el articulo 11 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 277/278, rola la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentara impugnación al mismo;

Que a fs. 281/28 vta., mediante Dictamen Nº 313/21, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica dl Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare fracasado el proceso de adjudicación simple llevado a cabo para la presente contratación;

Que a fs. 283, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 111/21;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 87/21 llevado a cabo para la contratación de la obra “CORDÓN CUNETA Y OBRAS ANEXAS SOBRE CALLE SARMIENTO - LOCALIDAD PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 500/21, con un presupuesto oficial de $ 16.435.332,29 (pesos dieciséis millones cuatrocientos treinta y cinco mil trescientos treinta y dos con 29/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y con la modalidad de Ajuste Alzado;

ARTÍCULO 2º.- Declarar Fracasada la Adjudicación Simple Nº 87/21 por resultar inadmisible la oferta presentada por la empresa “LUCAS PEDRO IGLESIAS”, conforme a los fundamentos de los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas a realizar la contratación de manera directa, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, ultimo párrafo de la Ley Nº 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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