SALTA, 30 de Junio de 2.025
RESOLUCIÓN Nº 67
SECRETARÍA DE MINERÍA Y ENERGÍA
Expediente Nº 302-71462/2024 Original y Agregados.-
VISTO el Informe de Impacto Ambiental y Social presentado por la empresa RINCON PTY LIMITED en el Expediente Judicial Nº 23.515 correspondiente al “Grupo Minero Rincón”, ubicado en el Departamento Los Andes, Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Minería y Energía de la Provincia de Salta es la Autoridad de Aplicación de la ley ambiental para la actividad minera, conforme lo dispuesto por Decreto Nº 1342/97;
Que la Secretaría de Minería y Energía es competente para exigir el complimiento de las obligaciones establecidas en el Código de Minería, Ley Nº 1.919, modificatorias, complementarias, reglamentarias y el Código de Procedimientos Mineros de la Provincia Ley Nº 7.141, en virtud de lo dispuesto en el art. 2 del Decreto Provincial Nº 254/12;
Que la Dirección General de Minería remite Informe Técnico emitido por el Programa Gestión y Policía y recomienda dar continuidad al trámite de evaluación del Informe de Impacto Ambiental y Social en el marco del art. 49 de la Ley 7070;
Que en consecuencia y en virtud de lo ordenado por el artículo 49 de la Ley Nº 7070/00 y su decreto Reglamentario, resulta pertinente la convocatoria a una Audiencia Pública a través de la cual se busquen denominadores comunes sobre el tema, se promueva y facilite la comunicación entre el proponente y la comunidad, a efectos de que las informaciones, opiniones u objeciones expresadas por los participantes de la audiencia sean tenidas en cuenta al momento de tomar la decisión correspondiente;
Que tomó debida intervención el Programa de Audiencias Públicas dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable;
Que la empresa RINCON MINING PTY LIMITED ha propuesto fecha y lugar para que se lleve a cabo la Audiencia Pública;
Que en virtud de lo establecido en el artículo 49 de la Ley Nº 7070/00, corresponde emitir el instrumento legal ordenando la Audiencia Pública en cuestión;
Que la Dirección General de Minería y la Dirección General de Asuntos Legales y Técnicos de la Secretaría de Minería y Energía han tomado la debida intervención que les corresponde;
Por ello,
LA SECRETARIA DE MINERÍA Y ENERGÍA
DE LA PROVINCIA DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Convocar a una Audiencia Pública, a cargo de la empresa RINCON MINING PTY LIMITED, en su carácter de proponente, en lo referente a Informe de Impacto Ambiental y Social, Expediente Judicial Nº 23.515, correspondiente a la Planta para producción de 50.000 tn. de carbonato de litio., ubicada en el Salar de Rincón, Departamento Los Andes, Provincia de Salta, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 49 de la Ley Provincial 7070/00; la cual se celebrará el día 29 de julio de 2025, a las 11:00 horas, en el centro vecinal de Olacapato, sito en calle Justo Juez S/N, localidad de Olacapato, Municipio San Antonio de los Cobres, Departamento Los Andes, Provincia de Salta; a fin que ésta Secretaría, la sociedad, los sectores involucrados y cualquier interesado participen de la misma.
ARTICULO 2º: Poner a disposición de todos los sujetos interesados, conforme lo ordena el Artículo 49 de la Ley 7070/00, los antecedentes e información obrantes en el Expediente Nº 302-71462/2024 Original y Agregados. El mismo podrá ser consultado en el Programa de Audiencias Públicas dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, sito en calle Santiago del Estero Nº 2.245, 3º Piso, Oficina 22, de lunes a viernes en el horario de 9 a 14 horas.
ARTICULO 3º: Poner a disposición de la comunidad del Departamento Los Andes y zonas aledañas de la Provincia de Salta, copia del Expediente Nº 302-71462/2024 Original y Agregados, en el centro vecinal de Olacapato, sito en calle Justo Juez S/N, localidad de Olacapato. Y en el centro vecinal de Pocitos, sito en Ruta Provincial 27 km. 40, localidad de Pocitos, Municipio de San Antonio de los Cobres, Departamento Los Andes, Provincia de Salta, de lunes a viernes, en el horario de atención de 09:00 a 14.00 horas.
ARTICULO 4º: Oficiar a los actores involucrados de conformidad y a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 90 del Decreto Reglamentario Nº 3097/00.
ARTICULO 5º: Designar como Presidente de la Audiencia Pública a la Dra. María Antonella Pereyra, o quien esté facultado a reemplazarla, y como Instructor de la Etapa Preparatoria, al Ing. Ricardo Osvaldo Barbarán.
ARTICULO 6º: Publicar en el Boletín Oficial y en el diario de mayor circulación provincial la convocatoria establecida en el Artículo 1º, a cargo del proponente por el plazo establecido en el artículo 17º de la Resolución Nº 394/07 de la entonces Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
ARTICULO 7º: Notificar, Registrar y oportunamente Archivar.
Sassarini