SALTA, 14 de Diciembre de 2021
RESOLUCION Nº 693 D
COORDINACIÓN DE ENLACE Y RELACIONES POLÍTICAS
Expediente Nº 411-121026/2021-0
VISTO las presentes actuaciones, en las cuales se gestiona la modificación del acuerdo celebrado entre la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario y la Sociedad del Estado "PAN SOLIDARIO" con destino a abastecer el programa "REFUERZO NUTRICIONAL COPA DE LECHE-SALTA"; y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la implementación del Programa de Refuerzo Alimentario Copa de Leche - Salta, el Gobierno, a través de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario compromete el suministro y distribución de Tortilla, Pan Francés, Pan Salvado u otra variedad que las partes estimen corresponder, con destino a abastecer a los beneficiarios del programa "Refuerzo Nutricional Copa de Leche- Salta";
Que luego de las vacaciones de julio, se incrementó la presencialidad de los alumnos primarios, de 35.000 estimados a 65.000, para los meses de agosto, llegando a inicio del mes de octubre a 71.330 de alumnos presenciales. Los alumnos secundarios y técnicos que se sumarán a partir de noviembre, se estiman en 35.000 promedio diario;
Que esta inclusión de alumnos es un incremento no previsto en los consumos adquiridos por la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario para solventar el Programa, es por ello que, surge la necesidad de modificar el acuerdo oportunamente firmado entre la Agencia y el ente PAN SOLIDARIO SOCIEDAD DEL ESTADO, por no contar con stock de insumos suficientes para satisfacer el aumento de alumnos conforme surge de la planilla incorporada en autos;
Que para el cumplimiento de dicho objetivo, la Agencia de Contención y desarrollo Comunitario, asumió las erogaciones en las que específicamente se incurra con motivo de la implementación del presente acuerdo;
Que la Dirección General de Asuntos Legales de esta Cartera de Estado dictamina que, lo gestionado en autos se encuentra contemplado en el artículo 3 inc. f) y g) de la Ley de Contrataciones de la Provincia;
Que en cumplimiento de las Resoluciones Nº 16/21 y 27/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, han tomado intervención los órganos competentes del Estado, por lo que corresponde el dictado del instrumento administrativo pertinente;
Por ello,
EL COORDINADOR DE ENLACE Y RELACIONES POLÍTICAS DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Acta Complementaria celebrada en el marco del acuerdo entre el Ente Municipal - Sociedad del Estado denominado "Pan Solidario Sociedad del Estado", perteneciente a la Municipalidad De La Ciudad De Salta, representada por el Sr. LUIS EMILIO FAYÓN MEDINA, D.N.I. Nº 32.347.080, en su carácter de Presidente, y la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario, representada por su Director Ejecutivo el Sr. PABLO GUILLERMO PEÑALBA, DNI Nº 20.232.020 denominado, Contrato de Suministro y Distribución, cuyo texto forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las respectivas partidas de la jurisdicción y CA correspondiente a la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación - Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3º.-: Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Outes