RESOLUCIÓN N° 77/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NºS 2, 3, 4, 5, 6, 7 Y 8. OBRA: RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES. SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21476, el día 23 de Mayo de 2023.



SALTA, 12 de mayo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 77

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 187.676/21 - Cpde. 23 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nºs 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Obra: “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 30/22 del Ministerio de Infraestructura (fs. 467) a la firma ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $347.326.335,24 (pesos trescientos cuarenta y siete millones trescientos veintiséis mil trescientos treinta y cinco con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 (fs. 34/36);

Que asimismo, mediante Resolución Nº 02/23 del Ministerio de Infraestructura (fs. 43/45), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 403.226.119,41 (pesos cuatrocientos tres millones doscientos veintiséis mil ciento diecinueve con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 (fs. 40);

Que a fs. 46, 107, 162, 215, 271, 323 y 380, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 39, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 460 y vta., mediante Actuación Nº 62/23, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 463/465 el Dictamen Nº 62/23 y a fs. 463 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 6,26 %, 6,44 %, 5,82 %, 7,95 %, 15,78 %, 6,81 % y 5,83 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Mayo, Junio, Julio, Agosto, Octubre, Noviembre y Diciembre del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 423/429, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 653.130.184,79 (pesos seiscientos cincuenta y tres millones ciento treinta mil ciento ochenta y cuatro con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 403.226.119,41 (pesos cuatrocientos tres millones doscientos veintiséis mil ciento diecinueve con 41/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 25.238.914,60 (pesos veinticinco millones doscientos treinta y ocho mil novecientos catorce con 60/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 26.975.825,99 (pesos veintiséis millones novecientos setenta y cinco mil ochocientos veinticinco con 99/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $ 25.665.137,18 (pesos veinticinco millones seiscientos sesenta y cinco mil ciento treinta y siete con 18/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 36.866.053,13 (pesos treinta y seis millones ochocientos sesenta y seis mil cincuenta y tres con 13/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 78.186.291,72 (pesos setenta y ocho millones ciento ochenta y seis mil doscientos noventa y uno con 72/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 29.360.938,26 (pesos veintinueve millones trescientos sesenta mil novecientos treinta y ocho con 26/100) y de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Diciembre de por la suma de $ 27.610.904,50 (pesos veintisiete millones seiscientos diez mil novecientos cuatro con 50/100);

Que a fs. 430/436, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 439/462, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicio Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 463/465, mediante Dictamen Nº 135/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;

Que a fs. 466, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 93/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nºs 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Obra: “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 30/22 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 02/23 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 653.130.184,79 (pesos seiscientos cincuenta y tres millones ciento treinta mil ciento ochenta y cuatro con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de por la suma de $ 403.226.119,41 (pesos cuatrocientos tres millones doscientos veintiséis mil ciento diecinueve con 41/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 25.238.914,60 (pesos veinticinco millones doscientos treinta y ocho mil novecientos catorce con 60/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 26.975.825,99 (pesos veintiséis millones novecientos setenta y cinco mil ochocientos veinticinco con 99/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $ 25.665.137,18 (pesos veinticinco millones seiscientos sesenta y cinco mil ciento treinta y siete con 18/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 36.866.053,13 (pesos treinta y seis millones ochocientos sesenta y seis mil cincuenta y tres con 13/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 78.186.291,72 (pesos setenta y ocho millones ciento ochenta y seis mil doscientos noventa y uno con 72/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 29.360.938,26 (pesos veintinueve millones trescientos sesenta mil novecientos treinta y ocho con 26/100) y de la actualización N° 8 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 27.610.904,50 (pesos veintisiete millones seiscientos diez mil novecientos cuatro con 50/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará las sumas de Redet. Nº 2 $ 8.581.230,96, Redet. Nº 3 $ 9.171.780,84, Redet. Nº 4 $ 8.726.146,64, Redet. Nº 5 $ 12.634.458,06, Redet. Nº 6 $ 26.583.339,18, Redet. Nº 7 $ 8.982.719,01 y Redet. Nº 8 $ 9.387.707,53 al Curso de Acción: 092008060801 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 646 - Unidad Geográfica: 49 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en los Ejercicios 2.023 y 2.024 para la prosecución de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Camacho





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