SALTA, 12 de Noviembre de 2019
RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 817 D
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expte. nº 289939/17-código 127 original y corresponde 1 y 2
VISTO las presentes actuaciones por las cuales, se informa que la señora CRUZ EBELIA MEDINA, enfermera dependiente del Hospital de Angastaco - Ministerio de Salud Pública, cumplimentó con los requisitos para acceder al Beneficio Jubilatorio de acuerdo a lo establecido por el Decreto nº 3896/12, Reglamentario de la Ley 7678/11 en su artículo 9º inciso e); y,
CONSIDERANDO:
Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su Cargo, ni registra Sumario Administrativo.
Que a fecha 05 de Marzo de 2018, la agente fue notificada e intimada a iniciar los trámites jubilatorios por cumplir con los requisitos del Artículo 9 inc. e del Decreto 3896/13.
Que el agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso, pese a su notificación.
Que la Gerencia General del Hospital de Angastaco y el Programa Asuntos Legales tomaron la intervención previa que les corresponde.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Dar por extinguida la relación de empleo de la señora CRUZ EBELIA MEDINA, DNI. Nº 5.088.789, con encuadre en lo previsto por el Decreto Nº 3896/12, artículo 9º, inciso e), Reglamentario de la Ley 7678/11, a partir del 06 de marzo de 2018, en el cargo 13, Decreto nº 623/06, enfermera dependiente del Hospital de Angastaco - Ministerio de Salud Pública, con régimen horario de dedicación exclusiva.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Mascarello