RESOLUCIÓN N° 82/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 6 Y 7. OBRA: PUESTA EN VALOR DIQUE CABRA CORRAL - OBRA CAMPING EL PRÉSTAMO - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21484, el día 06 de Junio de 2023.



SALTA, 29 de mayo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 82

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 272 - 273.655/21- Cpde. 31 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 6 y 7 de la Obra: "PUESTA EN VALOR DIQUE CABRA CORRAL - OBRA CAMPING EL PRÉSTAMO - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 54/22 del Ministerio de Infraestructura (fs. 298) a la empresa JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 372.860.001,88 (pesos trescientos setenta y dos millones ochocientos sesenta mil uno con 88/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de (fs. 263);

Que asimismo, mediante Resolución Nº 21/23 del Ministerio de Infraestructura (fs. 272/274), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4 y 5, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $538.624.523,97(pesos quinientos treinta y ocho millones seiscientos veinticuatro mil quinientos veintitrés con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 (fs. 275);

Que a fs. 276/277, la Coordinación General de Obras de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 117, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 279 y vta., mediante Actuación Nº 77/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 280/281 el Dictamen Nº 177/23 y a fs. 282 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 7,68 % y 7,12 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Octubre y Noviembre del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 293, el Programa de Gestión de Pagos de la Secretaría de Financiamiento del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, emite el informe procediendo a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminando el monto contractual en la suma total de $ 588.505.183,36 (pesos quinientos ochenta y ocho millones quinientos cinco mil ciento ochenta y tres con 36/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 538.624.523,97(pesos quinientos treinta y ocho millones seiscientos veinticuatro mil quinientos veintitrés con 97/100), de la actualización N° 6 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 25.746.980,00 (pesos veinticinco millones setecientos cuarenta y seis mil novecientos ochenta con 00/100 100) y de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Noviembre de por la suma de $ 24.133.679,39 (pesos veinticuatro millones ciento treinta y tres mil seiscientos setenta y nueve con 39/100);

Que a fs. 286/287, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 294, rola la intervención de la Dirección de Financiamiento de la Secretaría de Financiamiento, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 295/296, mediante Dictamen Nº 317/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 297, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 35/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 6 y 7 de la Obra: “PUESTA EN VALOR DIQUE CABRA CORRAL - OBRA CAMPING EL PRÉSTAMO - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 54/22 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 21/23 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $588.505.183,36 (pesos quinientos ochenta y ocho millones quinientos cinco mil ciento ochenta y tres con 36/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $538.624.523,97(pesos quinientos treinta y ocho millones seiscientos veinticuatro mil quinientos veintitrés con 97/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 25.746.980,00 (pesos veinticinco millones setecientos cuarenta y seis mil novecientos ochenta con 00/100) y de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 24.133.679,39 (pesos veinticuatro millones ciento treinta y tres mil seiscientos setenta y nueve con 39/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 551009000701 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Camacho





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