RESOLUCIÓN N° 831/19
APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE PLANES DE CAMBIO DE USO DE SUELO.

Publicado en el Boletín N° 20635, el día 28 de Noviembre de 2019.



SALTA, 15 de Noviembre de 2019

RESOLUCIÓN N° 000831

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente N° 0090227-226087/2019-0.-

VISTO: la Ley Nacional N° 26.331, las Leyes Provinciales Nros. 7.070 y 7.543, y los Decretos Nros. 3097/00 y 2.785/09; y Resol. N° 812/14; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9o de la Ley Nacional N° 26.331 y el artículo 15° de la Ley Provincial N° 7.543 establecen que los bosques nativos incluidos en la categoría de conservación III (verde) del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), son sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, aunque dentro de los criterios previstos en dicha normativa;

Que el citado art. 15° de la Ley 7.543 ha dejado establecidas las actividades que pueden realizarse en áreas incluidas en la Categoría III (verde), previa presentación de Planes de Cambio de Uso del Suelo (PCUS);

Que la ley 7543 define a los Planes, de Cambio de Uso del Suelo como el “...documento que deberán presentar y sujetarse las personas físicas o jurídicas públicas o privadas, que soliciten autorización para realizar desmontes de bosques nativos de la categoría III, y que contempla las condiciones de producción sostenidas corto, mediano y largo plazo y el uso de tecnologías disponibles que permitan el rendimiento eficiente de la actividad que se proponga desarrollar.”

Que el artículo 15° del Decreto Reglamentario N° 2.785/09 establece lineamientos generales para la presentación de los referidos Planes de Cambio de Uso del Suelo (PCUS), en función de las diferentes eco-regiones;

Que por Resolución N° 812/14 de la entonces Secretaría de Ambiente (B.O.Salta N° 19.461, del 14/01/2015) fue aprobado, con los alcances previstos en el artículo 15° de la Ley N° 7.543 y 15° del Decreto Reglamentario N° 2785/09, el Procedimiento para la presentación de Proyectos de Cambio de Uso de Suelo (PCUS) en áreas correspondientes a la Categoría de Conservación III. (verde) del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos;

Que la experiencia recogida en los últimos años, y resultados del trabajo conjunto de las distintas áreas de esta dependencia, han llevado a concluir en la necesidad de reformular substancialmente los procedimientos vigentes en materia de presentación de Planes de Cambio de Uso de Suelo en Categoría III (o Verde) del O.T.B.N. provincial, persiguiendo con ello optimizar los respectivos trámites, adoptando a tal fin las medidas necesarias para dotar de celeridad, economía y eficacia a los mismos, conforme lo prescripto por el Art. 109° y ccdtes. de la LPAS, imponiéndose así dejar sin efecto la Resolución N° 812/14, según previsiones del art. 103 de la LPAS;

Que ha sido emitidos los respectivos dictámenes técnico y legal, favorables al dictado de la presente;

Por ello;

EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Derogar la Resolución N° 812/14, de la entonces Secretaría de Ambiente;

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el “Procedimiento Para la Presentación de Planes de Cambio de Uso de Suelo” que, como Anexo, forma parte integrante del presente instrumento.

ARTÍCULO 3°.- Publicar en el Boletín Oficial, registrar, archivar y dar amplia difusión -



Cornejo coll



VER ANEXO



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