SALTA, 02 de junio de 2023
RESOLUCIÓN Nº 90
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 386 - 12.307/22 - Cpde. 21 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4 y 5 de la Obra: "NUEVO ACUEDUCTO TARTAGAL - MOSCONI - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 60/22 del Ministerio de Infraestructura (fs. 91/92) a la empresa JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 243.385.031,59 (pesos doscientos cuarenta y tres millones trescientos ochenta y cinco mil treinta y uno con 59/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 (fs. 36/37);
Que asimismo, mediante Resolución Nº 10/23 del Ministerio de Infraestructura (fs. 93/95), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 266.120.829,56 (pesos doscientos sesenta y seis millones ciento veinte mil ochocientos veintinueve con 56/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 (fs. 96);
Que a fs. 97/100, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 34, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 103 y vta., mediante Actuación Nº 59/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 104/105 el Dictamen Nº 107/23 y a fs. 106 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 16,89 %, 6,80 %, 7,36 % y 6,38 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Agosto, Septiembre, Octubre y Noviembre del 2.022 respectivamente;
Que a fs. 107/110, la Dirección de Obras de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 332.277.171,73 (pesos trescientos treinta y dos millones doscientos setenta y siete mil ciento setenta y uno con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 266.120.829,56 (pesos doscientos sesenta y seis millones ciento veinte mil ochocientos veintinueve con 56/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 35.955.496,06 (pesos treinta y cinco millones novecientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y seis con 06/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 14.397.234,38 (pesos catorce millones trescientos noventa y siete mil doscientos treinta y cuatro con 38/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 10.380.069,04 (pesos diez millones trescientos ochenta mil sesenta y nueve con 04/100) y de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 5.423.542,69 (pesos cinco millones cuatrocientos veintitrés mil quinientos cuarenta y dos con 69/100);
Que a fs. 112/115, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 118/125 y 130/133, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 135/136, mediante Dictamen Nº 181/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 137, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 97/23;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4 y 5 de la Obra: "NUEVO ACUEDUCTO TARTAGAL - MOSCONI - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 60/22 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 10/23 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 332.277.171,73 (pesos trescientos treinta y dos millones doscientos setenta y siete mil ciento setenta y uno con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 266.120.829,56 (pesos doscientos sesenta y seis millones ciento veinte mil ochocientos veintinueve con 56/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 35.955.496,06 (pesos treinta y cinco millones novecientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y seis con 06/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $14.397.234,38 (pesos catorce millones trescientos noventa y siete mil doscientos treinta y cuatro con 38/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 10.380.069,04 (pesos diez millones trescientos ochenta mil sesenta y nueve con 04/100) y de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 5.423.542,69 (pesos cinco millones cuatrocientos veintitrés mil quinientos cuarenta y dos con 69/100).
ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038004702 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 771 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.023.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Camacho