RESOLUCIÓN N° 101/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 5. OBRA: NUEVO GASODUCTO, ESTACIÓN REDUCTORA DE PRESIÓN Y REDES DOMICILIARIAS DE GAS NATURAL EN GRAL. BALLIVIÁN, EN NUEVOS BARRIOS EN PICHANAL, CORONEL CORNEJO, EMBARCACIÓN Y COLONIA SANTA ROSA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21096, el día 22 de Octubre de 2021.



SALTA, 20 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 101

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125-167.328/13-119 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 5 de la Obra: “NUEVO GASODUCTO, ESTACÍON REDUCTORA DE PRESIÓN Y REDES DOMICILIARIAS DE GAS NATURAL EN GRAL. BALLIVIÁN - AMPLIACIÓN DE RED DE GAS NATURAL EN NUEVOS BARRIOS EN PICHANAL - ESTACIÓN REDUCTORA DE PRESIÓN Y NUEVAS REDES DOMICILIARIAS DE GAS EN CORONEL CORNEJO - AMPLIACIÓN DE RED DE GAS DOMICILIARIA EN EMBARCACIÓN - INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE GAS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS (ESCUELAS, HOSPITAL, CENTRO DE SALUD Y COMISARÍAS) EN COLONIA SANTA ROSA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 412/13 del ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos (fs. 368/370) a la Empresa MEGA SRL, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $17.940.169,05 (pesos diecisiete millones novecientos cuarenta mil ciento sesenta y nueve con 05/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de septiembre de 2013 (fs. 04/06);

Que por Resolución Nº 125/19 del entonces Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda (fs. 332/335), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 y 4, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 64.119.360,80 (pesos sesenta y cuatro millones ciento diecinueve mil trescientos sesenta con 80/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de abril de 2017 (fs. 11/12);

Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la SOP, considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la presente solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03, rola Nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la redeterminación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la misma (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la redeterminación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto N° 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 350, mediante Actuación Nº 396/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 351/352 el Dictamen Nº 250/21 y a fs. 353 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 84,40 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de septiembre de 2020;

Que a fs. 354, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 100.003.647,48 (pesos cien millones tres mil seiscientos cuarenta y siete con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de abril de 2017 por la suma de $ 64.119.360,80 (pesos sesenta y cuatro millones ciento diecinueve mil trescientos sesenta con 80/100) y de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de septiembre de 2020 por la suma de $35.884.286,68 (pesos treinta y cinco millones ochocientos ochenta y cuatro mil doscientos ochenta y seis con 68/100);

Que a fs. 357/358, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 361/363, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 365/366 vta., mediante Dictamen Nº 337/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 367, la Unidad de Sindicatura Interna (USI) del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante informe Nº 101/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 1.448/1.996, Decretos Nº 1.170/2003 y 3.721/2013;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 5 de la Obra: “NUEVO GASODUCTO, ESTACÍON REDUCTORA DE PRESIÓN Y REDES DOMICILIARIAS DE GAS NATURAL EN GRAL. BALLIVIÁN - AMPLIACIÓN DE RED DE GAS NATURAL EN NUEVOS BARRIOS EN PICHANAL - ESTACIÓN REDUCTORA DE PRESIÓN Y NUEVAS REDES DOMICILIARIAS DE GAS EN CORONEL CORNEJO - AMPLIACIÓN DE RED DE GAS DOMICILIARIA EN EMBARCACIÓN - INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE GAS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS (ESCUELAS, HOSPITAL, CENTRO DE SALUD Y COMISARÍAS) EN COLONIA SANTA ROSA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 412/13 del ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, a la contratista MEGA SRL.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución Nº 125/19 del entonces Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 100.003.647,48 (pesos cien millones tres mil seiscientos cuarenta y siete con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de abril de 2017 por la suma de $ 64.119.360,80 (pesos sesenta y cuatro millones ciento diecinueve mil trescientos sesenta con 80/100) y de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de septiembre de 2020 por la suma de $ 35.884.286,68 (pesos treinta y cinco millones ochocientos ochenta y cuatro mil doscientos ochenta y seis con 68/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista MEGA SRL, por el monto y condiciones dispuestas en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008037802 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 521 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





Responsive image Responsive image