RESOLUCIÓN N° 113/21
APRUEBA PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE LA RENEGOCIACIÓN OBRA: PARQUE III - EX BORATERA -SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21121, el día 29 de Noviembre de 2021.



SALTA, 16 de Noviembre de 2.021

RESOLUCIÓN Nº 113

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 311 - 21.402/19 - 109 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita una actualización de la Renegociación de la Obra: “PARQUE III - EX BORATERA - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 36/19 del entonces Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda (fs. 57/58) a la Empresa ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 107.930.750,30 (pesos ciento siete millones novecientos treinta mil setecientos cincuenta con 30/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.019;

Que por Resolución Nº 14/2.020 (fs. 59/64) y su rectificatoria Nº 74/2.020 del Ministerio de Infraestructura (65/66), se aprueba el proceso de renegociación de la obra, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 141.546.194,49 (pesos ciento cuarenta y un millones quinientos cuarenta y seis mil ciento noventa y cuatro con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 (fs. 140/141);

Que en la Clausula Quinta de la Addenda firmada para la Renegociación Contractual aprobada mediante Resolución Nº 14/2.020 y su rectificatoria Nº 74/2.020 del Ministerio de Infraestructura, dispone que las partes de común acuerdo podrán readecuar los precios del contrato si se verificasen las circunstancias y condiciones económicas financieras que permitan aplicar los requisitos dispuestos por el Decreto Provincial Nº 1170/03 y su modificatorio Nº 3721/13;

Que posteriormente por Resolución Nº 64/21 (fs. 67/68), se aprueba el proceso de actualización de la renegociación de obra, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 212.982.977,88 (pesos doscientos doce millones novecientos ochenta y dos mil novecientos setenta y siete con 88/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021;

Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la presente solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02 rola Nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 41, mediante Actuación Nº 401/21/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 42/43 el Dictamen Nº 271/21 y a fs. 44 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 9,19 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021;

Que a fs. 45, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 228.273.205,88 (pesos doscientos veintiocho millones doscientos setenta y tres mil doscientos cinco con 88/100), IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021, comprensivo del monto contractual actualizado a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021 por la suma de $ 212.982.977,88 (pesos doscientos doce millones novecientos ochenta y dos mil novecientos setenta y siete con 88/100) y de la actualización Nº 14 a valores correspondiente al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 15.290.228,00 (pesos quince millones doscientos noventa mil doscientos veintiocho con 0/100);

Que a fs. 46/47, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 50/52, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 53/55, mediante Dictamen Nº 385/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 56, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante informe Nº 113/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por la Cláusula Quinta de la Addenda de Renegociación Contractual aprobada mediante Resolución Nº 14/2020 y su rectificatoria Nº 74/2.020 del Ministerio de Infraestructura, el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 1.448/1.996, Decretos Nº 1.170/2.003 y 3.721/2.013;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de actualización de la Renegociación de la Obra: “PARQUE III - EX BORATERA - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución Nº 36/19 del entonces Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda y renegociada últimamente mediante Resolución Nº 64/21 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, actualizado últimamente mediante Resolución Nº 64/21 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto del contrato en la suma de $228.273.205,88 (pesos doscientos veintiocho millones doscientos setenta y tres mil doscientos cinco con 88/100), IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021, comprensivo del monto contractual actualizado a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021 por la suma de $ 212.982.977,88 (pesos doscientos doce millones novecientos ochenta y dos mil novecientos setenta y siete con 88/100) y de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 15.290.228,00 (pesos quince millones doscientos noventa mil doscientos veintiocho con 0/100.

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 12.000.000,00 al Curso de Acción: 092007134701 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 435 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.022, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 del Decreto Ley Nº 705/1.957.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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