RESOLUCIÓN N° 121/21
APRUEBA LA READECUCIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DEL CONTRATO PARA SERVICIOS DE CONSULTORÍA. PROYECTO MUSEOLÓGICO, MUSEOGRÁFICO Y MONTAJE DEL COMPLEJO DE MUSEOS CASA LEGUIZAMÓN Y ARIAS RENGEL.

Publicado en el Boletín N° 21072, el día 17 de Septiembre de 2021.



SALTA, 02 de Septiembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 121

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 272-87463/2018-7

VISTO las presentes actuaciones en las cuales se tramita la readecuación del plan de trabajo del contrato para servicios de consultoría para la realización del Proyecto Museológico, Museográfico y Montaje del Complejo de Museos Casa Leguizamón y Arias Rengel, que ejecuta el APCA conformada por las firmas Museos Deportivos SA y Proyecciones Digitales SA, en el marco de la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta, Préstamo BID Nº 2835/OC-AR; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Interna Nº 48/2019 de la Secretaría de Financiamiento de fecha 07 de agosto de 2019 se aprobó el proceso de selección para la contratación del servicio de consultoría realizado por la Secretaría de Financiamiento y se adjudicó la contratación de los servicios de consultoría al APCA conformada por las empresas Museos Deportivos SA y Proyecciones Digitales SA por la suma total y definitiva de Dólares Estadounidenses un millón ciento treinta y tres mil ciento ochenta y uno con noventa y cuatro centavos (USD 1.133.181,94), más pesos argentinos treinta y cinco millones ciento cuarenta y cinco mil cuarenta y nueve con cincuenta y seis centavos (AR$ 35.145.049,56), IVA incluido, suscribiéndose el Contrato de Servicios de Consultoría en fecha 09 de agosto de 2019, aprobado por Resolución Nº 04/2021 de fecha 27 de enero de 2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que las cláusulas 6.2 (a y b) y 7 (b) del apéndice A “Términos de Referencia” del mencionado contrato, establecen que el área de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura Turismo y Deportes de la Provincia de Salta será la encargada de analizar y aprobar los informes y remitirlos a la Unidad Ejecutora del Programa;

Que mediante nota de fecha 02 de junio de 2021 la Subsecretaría de Patrimonio Cultural otorga su conformidad a la readecuación del plan de trabajo propuesto por el APCA conformado por Museos Deportivos SA y Proyecciones Digitales SA y ponen a consideración la readecuación de plazo de los servicios de consultoría a la Unidad Ejecutora del Programa;

Que la readecuación del plan de trabajo se debe a demoras administrativas en la aprobación del contrato y no implica variación del monto contractual;

Que la cláusula 16.1 de las Condiciones Generales de Contrato “Modificaciones y Variaciones” establece que: “Toda modificación o variación a los términos y condiciones de este contrato, incluida cualquier modificación o variación del alcance de los Servicios, solo podrá hacerse mediante acuerdo escrito entre las partes. Sin embargo, cada una de las partes considerará debidamente cualquier propuesta de modificación o variación que haga la otra parte”. Además en la cláusula 16.2 se establece que “En caso de modificaciones o variaciones sustanciales, se requerirá el previo consentimiento escrito del Banco”;

Que por nota UEP-SLA Nº 18/2021, de fecha 26 de julio de 2021 se solicita al BID la no objeción al nuevo Plan de Trabajo propuesto por la APCA Museos Deportivos SA y Proyecciones Digitales SA;

Que el BID mediante nota CSC/CAR IST 2454/2021 de fecha 02 de agosto de 2021 informa que el Banco no tiene objeción a la última versión del plan de trabajo realizada por la APCA;

Que la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos emitió dictamen al respecto sin formular objeciones;

Que la presente se encuentra excluida del régimen de la Ley Nº 8.072 - Sistema de Contrataciones de la Provincia-, de acuerdo a lo establecido en su art. 3, inc. c) que prevé que quedan excluidos de la aplicación de sus disposiciones los contratos y negocios jurídicos que se celebren con Estados Extranjeros, con entidades de derecho público internacional, con instituciones multilaterales de crédito, los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos..”;

Que conforme la exclusión expresa de la legislación provincial, resulta aplicable lo acordado en el Contrato de Préstamo y lo reglado por la normativa de adquisiciones del BID - Documento GN 2349-9 denominado “Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Que conforme surge de las constancias del expediente en el caso se han cumplido la totalidad de las pautas procedimentales previstas y requisitos exigidos en las normas citadas;

Por ello, en función de las competencias otorgadas por la Ley Nº 8.171 y el Decreto Nº 752/20;

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la readecuación del plan de trabajo propuesto por el APCA conformada por las firmas Museos Deportivos SA y Proyecciones Digitales SA, correspondiente a la realización del Proyecto Museológico, Museográfico y Montaje del Complejo de Museos Casa Leguizamón y Arias Rengel, estableciendo como nueva fecha de finalización, el día 31/11/2021.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir con la firma contratista la Adenda correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur





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