SALTA, 16 de Noviembre de 2022
RESOLUCIÓN Nº 205
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA
Expte. Nº 272-295029/2020-39 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones en las cuales se tramita la aprobación del Adicional Nº 1, correspondiente a la obra "ECO MUSEO CAMPAMENTO VESPUCIO GRAL. ENRIQUE MOSCONI- SALTA", en el marco del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta, Préstamo BID Nº 2835/OC-AR, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 65/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos de fecha 30/04/2021 se aprobó la Licitación Púbica Nacional Nº 01/2021 para la ejecución de la obra de referencia, y se adjudicó la misma a Juan Pedro Garín Construcciones;
Que en fecha 10/05/2021 se suscribió Contrato de Obra por la suma de Pesos setenta y ocho millones ciento setenta y siete mil seiscientos cuatro con catorce centavos ($78.177.604,14), IVA incluido, a valores del mes de marzo del año 2021;
Que a fs. 01/65 el inspector de la obra, elevó el informe y la documentación correspondiente al Adicional de Obra Nº 1, con la evaluación económica de las tareas que conforman el mismo;
Que los trabajos adicionales se encuentran detallados en el informe de la Inspección de la Obra y resultan necesarios para la correcta terminación de la obra y así poder lograr una mejor funcionalidad de la misma;
Que la contratista presento plan de trabajo propuesto con ampliación del plazo contractual, con fecha de finalización el 20 de Octubre de 2022, análisis de precios contractuales, cómputo y presupuesto y demás documentación correspondiente al mencionado Adicional;
Que mediante Actuación Nº 182/2022, de la Dirección Contratistas de Obras Públicas, y Dictamen Nº 201/21 del Subprograma Control de Legalidad, se informa que el Adicional de Obra Nº 1 asciende a la suma de Pesos once millones trescientos catorce mil ochocientos cuarenta y dos con diez centavos ($11.314.842,10) valores al mes de marzo de 2021;
Que a fs. 108 y 111 constan las autorizaciones del Sr. Secretario de Finanzas, a fs. 125 obra informe de Programa Administrativo Contable y Finanzas de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y a fs. 126/127 se encuentran agregadas las imputaciones definitivas del gasto;
Que a fs. 129 mediante nota CSC/CAR Nº 2977/2022 el Banco Interamericano de Desarrollo toma conocimiento del Adicional de obra objeto de estas actuaciones;
Que a fs. 133, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, organismo competente en función de lo resuelto en la Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y Finanzas Nº 93 y del Ministerio de Infraestructura Tierra y Vivienda Nº 52 de fecha 15 de abril de 2016, emitió dictamen al respecto sin formular observaciones;
Que la competencia del Ministerio de Economía y Servicios Públicos para el dictado del presente instrumento surge de lo dispuesto por el Decreto Nº 752/2020;
Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, de la obra "ECO MUSEO CAMPAMENTO VESPUCIO GRAL. ENRIQUE MOSCONI- SALTA", ejecutada por la contratista Juan Pedro Garín Construcciones, en cual asciende a la suma de Pesos once millones trescientos catorce mil ochocientos cuarenta y dos con diez centavos ($11.314.842,10) I.V.A. incluido, valores al mes de marzo de 2021.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajo con fecha de finalización el 20 de Octubre de 2022 y Curva de Inversión del mencionado Adicional.
ARTICULO 3º.- Establecer el nuevo valor del contrato en la suma de Pesos ciento nueve millones quinientos ochenta y nueve mil doscientos dos con sesenta centavos ($109.589.202,60) I.V.A. incluido.
ARTÍCULO 4º.- Autorizar a la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir con la firma contratista la Adenda correspondiente al Adicional de Obra Nº 1.
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a las siguientes partidas presupuestarias: Cuarenta por ciento (40%) aporte BID: 041012000702.123121 y Sesenta por ciento (60%) aporte local: 041012000701.123121. Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Dib Ashur