RESOLUCIÓN N° 212/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN DE NIVEL INICIAL ESC. N° 4.340 - MUNICIPIO EL GALPÓN - DPTO. METAN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21432, el día 16 de Marzo de 2023.



SALTA, 2 de Marzo de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 212

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 97.456/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN DE NIVEL INICIAL ESC. Nº 4.340 - MUNICIPIO EL GALPÓN - DPTO. METAN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01, el Sr. Intendente de la Municipalidad de El Galpón eleva el ante proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá generar un área propicia para admitir a los niños estudiantes en la Escuela Nº 4340 del citado municipio;

Que la presente contratación tiene por objeto la refacción de un aula de nivel inicial que se encuentra clausurada por riesgo de colapso, la construcción en seco de una nueva aula para la salita de 4 años y el acondicionamiento del establecimiento, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 04/11 y de la documentación técnica de fs. 16/18;

Que, en virtud de ello, a fs. 64/70 y 75/83 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 15.414.953,06 (pesos quince millones cuatrocientos catorce mil novecientos cincuenta y tres con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 76/77;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Galpón;

Que a fs. 71, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 468/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 86, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 91/94, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 95/96, rola Dictamen Nº 18/23 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 97, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 31/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN DE NIVEL INICIAL ESC. Nº 4.340 - MUNICIPIO EL GALPÓN - DPTO. METAN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 15.414.953,06 (pesos quince millones cuatrocientos catorce mil novecientos cincuenta y tres con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de El Galpón.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de El Galpón, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011128001 - Proyecto: 269 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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