RESOLUCIÓN N° 213/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA BARRIO EX - PROVIPO - LOCALIDAD ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21432, el día 16 de Marzo de 2023.



SALTA, 2 de Marzo de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 213

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 62.492/17 - Cpde. 1 y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Infrestructura Social y Productiva para la ejecución de la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA BARRIO EX - PROVIPO - LOCALIDAD ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/46, rolan las actuaciones del proyecto ejecutivo elaborado por la Municipalidad de Rosario de la Frontera, contando con la aprobación de EDESA (DIU Nº 110/16) y los planos aprobados por COPAIPA para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará proveer de energía eléctrica y red de alumbrado público para 90 lotes al Barrio Ex PROVIPO de la citada localidad ;

Que los trabajos a realizar consisten en la provisión e instalación de 0.185 km de Red de Media Tensión en 33 KV, la provisión e instalación de 1 (una) estación biposte con transformador de 250 KVA., y la provisión e instalación de 1.364 mts de Red de Baja Tensión, para la red de alumbrado público 1.200 artefactos Led de 100 watts, 45 artefactos de iluminación de 100 watts (IP65), tres tableros, la elaboración de la documentación técnica y del Impacto Ambiental, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 50 y de las especificaciones técnicas de fs. 67/75;

Que, en virtud de ello, a fs. 48/76 la Dirección de Infrestructura Social y Productiva de la S.O.P., confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 24.739.000,25 (pesos veinticuatro millones setecientos treinta y nueve mil con 25/100/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 76;

Que la contratación y la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículos 14 y 92 inciso a) de la Ley 8.072) con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a fs. 79, rola el informe Tecnico Ambiental Interno Nº 411/22 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 81, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 90/91, mediante Dictamen Nº 162/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 92, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 16/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economia y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 48/76 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Infrestructura Social y Productiva de la S.O.P., para la ejecución de la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA BARRIO EX - PROVIPO - LOCALIDAD ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 24.739.000,25 (pesos veinticuatro millones setecientos treinta y nueve mil con 25/100/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, a ejecutarse por el sistema de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Infrestructura Social y Productiva de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

  • >Ing. Oscar A. Orellana - Director de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P.

  • >>Ing. Freddy Martínez - Jefe de Programa de la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P.

  • >>>Ing. Claudio Copa - Agente de la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P.  

  • >>>>Dr. Fidel A. Ahuerma, Asesor Legal de la Secretaria de Obras Públicas.

  • >>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente a: Curso de Acción: 092007181301 - Financiamiento: FEDEI (20913) - Proyecto: 672 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio 2.023.

    ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



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