DELEGA EN LA SECRETARIA DE POLITICA AMBIENTAL EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES ADMINISTRATIVAS PARA LA EVALUACION Y APROBACION DE LOS PROYECTOS DE APROVECHAMIENTOS FORESTALES
Publicado en el Boletín N° 18588, el día 13 de Mayo de 2011.
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Visto la Ley Provincial Nº 7483, el Decreto Nº 3464/10 y la Resolución Nº 493/10; y
Considerando
Que la Ley 7483, se crea el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable y en su artículo 19, dicha norma establece las competencias de cada Ministerio de carácter general y en su artículo 26 lo hace en particular;
Que mediante Decreto Nº 3464/10 se crea en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable la Agencia de Bosques Nativos de la Provincia;
Que mediante dicha Resolución Ministerial se delega en el Director Ejecutivo de la Agencia de Bosques Nativos, entre otras facultades administrativas, la evaluación y aprobación de los Planes de Manejo de Bosques Nativos para aprovechamiento forestal maderable y no maderable;
Que atento la renuncia del Director Ejecutivo de la Agencia de Bosques de la Provincia, resulta oportuno delegar a otra repartición de este Ministerio dichas facultades administrativas, a los fines de no entorpecer el normal funcionamiento de los trámites que hagan a su continuidad;
Que el marco normativo aplicable para los procesos de evaluación de los proyectos de aprovechamientos forestales maderables y no maderables, se encuentra contemplado en la Ley 7070/00, su decreto reglamentario 3097/00, la Ley Nº 7543 y su Decreto Reglamentario 2785/09 y normas concordantes;
Que el instituto de delegación de competencias, se encuentra previsto en el art. 7º y siguientes de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia Nº 5348;
Que en lo que hace a las exigencias del art. 9º de la ley de Procedimientos Administrativos, se cumple acabadamente, al ser la presente una delegación expresa, al señalarse que las tareas, facultades y deberes previstos en esta delegación son aquellas que el ordenamiento legal establece en cada caso;
Que por lo expuesto y en uso de las atribuciones que le son propias;
El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable
R E S U E L V E
Artículo 1º - Deléguese en la Secretaría de Política Ambiental el ejercicio de las facultades administrativas para la evaluación y aprobación de los proyectos de aprovechamientos forestales maderables y no maderables.
Art. 2º - Exceptúese de la presente delegación de competencias, las facultades establecidas en el art. 8º de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta y aquellas que por su especialidad dependan de otras reparticiones.
Art. 3º - Notifíquese, publíquese y archívese.
Dr. Francisco López Sastre
Ministro
Ambiente y Desarrollo Sust.