DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 411/21
RESCINDE CONTRATOS DE SERVICIOS. SRAS. YENINA LILIAN TORRES Y LILIANA GRACIELA CASIMIRO. APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SRA. LILIANA GRACIELA CASIMIRO.

Publicado en el Boletín N° 21085, el día 05 de Octubre de 2021



SALTA, 30 de Septiembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 411

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 95.005/2021-código 376

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. Liliana Graciela Casimiro; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que la nombrada se desempeñe como Jefa del Centro de Primera Infancia “Luján” de la localidad de Cachi, dependiente de la Subsecretaría de Primera Infancia de referida Secretaría, en reemplazo de la Lic. Yenina Lilian Torres, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 112/2021, a partir del 31 de marzo del presente año;

Que cabe aclarar que la Sra. Casimiro venía desempeñándose como operadora en dicho centro, razón por la cual corresponde rescindir su Contralo ce Servicios aprobado oportunamente por la citada Decisión Administrativa.

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 13/2019, la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Rescindir los Contratos de Servicios suscriptos entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y las Sras. YENINA LILIAN TORRES, DNI Nº 31.855.723 y LILIANA GRACIELA CASIMIRO, DNI Nº 27.338.079, aprobados por Decisión Administrativa Nº 112/2021, a partir del 31 de marzo  de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. Liliana Graciela Casimiro, DNI Nº 27.338.079, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- La erogación resultante de dispuesto precedentemente será atendida con fondos de la Cuenta 561023000100-413411.1007, del Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - Villada (l)



VER ANEXO




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