DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 412/21
RESCINDE CONTRATO DE SERVICIOS. LIC. MARISOL FERNÁNDEZ. APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. LIC. AZUCENA DEL VALLE TOLABA GENEFE.

Publicado en el Boletín N° 21085, el día 05 de Octubre de 2021



SALTA, 30 de  Septiembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 412

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 101.428/2021-código 376

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Azucena del Valle Tolaba Genefe; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que la nombrada se desempeñe en un dispositivo o centro de primera infancia dependiente de la referida Secretaría, en reempla­zo de la Lic. Marisol Fernández, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 110/2021, a partir del 1º de mayo del presente año;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 13/2019, la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Rescindir el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. MARISOL FERNÁNDEZ, DNI Nº 38.163.308, aprobado por Decisión Administrativa Nº 110/2021, a partir del 01 de mayo de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. AZUCENA DEL VALLE TOLABA GENEFE, DNI Nº 33.671.966, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- La erogación resultante de dispuesto precedentemente será atendida con fondos de la Cuenta 561025000200 - 413411.1007, del Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - Villada (I)



VER ANEXO




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