DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 413/23
DA POR AUTORIZADA Y CUMPLIDA PRÓRROGA DE COMISIÓN DE SERVICIOS. SR. DIEGO ZALAZAR. AUTORIZA PRÓRROGA DE COMISIÓN DE SERVICIOS, DEL MISMO.

Publicado en el Boletín N° 21522, el día 01 de Agosto de 2023



SALTA, 26 de Julio de 2023

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 413

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 0140341-277.683/2022-0.-

VISTO el pedido de prórroga de comisión de servicios del Sr. Diego Zalazar, personal de planta permanente de la Secretaría General de la Gobernación, efectuado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia; y,

CONSIDERANDO

Que la comisión de servicios es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente de un agente de otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las autoridades competentes han tomado la debida intervención, prestando conformidad a la solicitud tramitada en las presentes actuaciones;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 13 de la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Nº 8.247, y lo establecido por el artículo 1º, inciso d), de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por autorizada y cumplida la prórroga de comisión de servicios del Sr. DIEGO ZALAZAR, DNI Nº 17.792.236, personal de planta permanente de la Secretaría General de la Gobernación, a la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Seguridad y Justicia, por el período comprendido desde el 01 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar la prórroga de comisión de servicios del Sr. DIEGO ZALAZAR, DNI Nº 17.792.236, personal de planta permanente de la Secretaría General de la Gobernación, a la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Seguridad y Justicia, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el Señor Ministro de Seguridad y Justicia y por la Señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Domínguez - López Morillo






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