SALTA, 16 de Septiembre de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 417
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 117.251/2024 - código 376
VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. María Agustina López Baño; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho contrato se celebra para que la nombrada desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Dra. María Magdalena del Sol Rioja, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 249/24, a partir del 01 de julio del 2024;
Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decretos Nºs 13/19 y 12/23, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Dra. María Magdalena del Sol Rioja, D.N.I. Nº 32.805.038, aprobado por Decisión Administrativa Nº 249/24, con vigencia al 01 de julio del 2024.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. María Agustina López Baño, D.N.I. Nº 38.470.928, con vigencia al 01 de julio y hasta el 31 de agosto del 2024, cuyo texto forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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