DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 430/22
DEJA SIN EFECTO LA DESIGNACIÓN DEL SR. CÉSAR SILVESTRE CÓRDOBA, COMO GERENTE ADMINISTRATIVO DEL HOSPITAL DE MORILLO. DESIGNA A LA SRTA. ROCÍO BELÉN YLLESCAS CARRANZA EN EL MISMO CARGO.

Publicado en el Boletín N° 21245, el día 06 de Junio de 2022



SALTA, 31 de Mayo de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 430

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 35810/22 Código 168 y Agregados.

VISTO
la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretaria General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 124/20; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 200/19 del Ministerio de Salud Pública, se designa al señor César Silvestre Córdoba como Gerente Administrativo del Hospital de Morillo;

Que teniendo presente la naturaleza de la función como las responsabilidades que ella trae aparejada en el manejo y control del personal y los recursos económicos del mismo, dicho acto administrativo mantiene su ejecutividad hasta tanto otro acto disponga lo contrario;

Que en dicho contexto resulta procedente designar a la señorita Rocío Belén Yllesca Carranza en la función de Gerente Administrativo del Hospital de Morillo;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 20 de marzo del 2.022, dejar sin efecto la designación del señor CÉSAR SILVESTRE CÓRDOBA DNI Nº 14.742.867, como Gerente Administrativo del Hospital de Morillo, debiéndose reintegrar al cargo del cual es titular en la ex Secretaría de Nutrición y Alimentación Saludable.

ARTÍCULO 2º.- Con vigencia al 21 de marzo del 2.022, designar a la señorita ROCÍO BELÉN YLLESCAS CARRANZA DNI Nº 37.420.304 en el cargo de Gerente Administrativo del Hospital de Morillo, función 8, Decreto Nº 1.034/96.

ARTÍCULO 3º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal incluido en el artículo 3º inciso e) de la Ley Nº 7.678 y por aplicación del artículo 31, la señorita ROCIÓ BELÉN YLLESCA CARRANZA, DNI Nº 37.420.304, percibirá los haberes que le corresponden a un personal del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta, incluido en el agrupamiento: administrativo, subgrupo: 4, con régimen horario de Dedicación Exclusiva, Disponibilidad Permanente Zona “D” Categoría “C” y el adicional por función jerárquica, equivalente a Jefe de División.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y Curso de Acción: 081005001200 - Gastos en Personal, Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 5º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban - López Morillo






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