SALTA, 19 de Septiembre de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 431
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expte. Nº 0080235-86488/2022-0.
VISTO la Decisión Administrativa Nº 204/22 Nº de Orden 09, la Ley Nº 8171 modificada por Ley Nº 8274, el Decreto 13/19, y las necesidades de servicio operantes en el Ministerio de Seguridad y Justicia; y,
CONSIDERANDO:
Que a través del citado instrumento se aprobó el contrato de servicios con el Sr. Claudio Casimiro como Mediador comunitario de la localidad de Cachi, a partir del 1 de enero del corriente año;
Que por razones de servicio y mérito deviene necesario rescindir el contrato antes referido a partir del 30 de abril del corriente año y en su reemplazo contratar los servicios de la Mediadora Lucia Verónica Del Rosario Alvarez, con vigencia al 1 de mayo del 2022;
Que en virtud del Decreto 13/19, se delegó en la Coordinación Administrativa de la Gobernación, la competencia para realizar las designaciones y contrataciones que impliquen servicios personales;
Que el Servicio Administrativo Financiero y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Seguridad y Justicia han tomado la intervención de su competencia;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8171 modificada por su similar Nº 8274, y conforme lo establecido por los Decretos Nº 13/19 y Nº 12/23,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido, con vigencia al 30 de abril de 2022, el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, y el Sr. Claudio Casimiro, DNI Nº 30.734.397, aprobado mediante Decisión Administrativa Nº 204/22 Nº de Orden 09.
ARTÍCULO 2º.- Dar por aprobado el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Justicia y la Dra. Lucia Verónica del Rosario Alvarez D.N.I. Nº 33.920.964, por el período comprendido entre el 01 de mayo de 2022 y el 30 de junio de 2022, el que como anexo forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva, Curso de Acción y cuenta objeto correspondientes al del Ministerio de Seguridad y Justicia - Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Domínguez