DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 452/23
AUTORIZA COMISIÓN DE SERVICIOS. SR. GUILLERMO ENRIQUE CLEMENT.

Publicado en el Boletín N° 21532, el día 15 de Agosto de 2023



SALTA, 9 de Agosto de 2023

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 452

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 0020401-194785/2022-0

VISTO
el pedido de afectación del señor Guillermo Enrique Clement formulado por el Secretario de Modernización del Estado Lic. Martin Güemes; y,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Servicios es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la presentación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicio presentadas en la Secretaría de Modernización del Estado dependiente de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, pueden ser suplidas por el señor Clemente;

Que las autoridades superiores competentes han tomado la debida intervención;

Por ello, en el marco de lo establecido por el artículo 13º de la Ley Nº 8171, modificada per su similar Nº 8274, y el artículo 1º inciso D), de la Resolución Nº 16/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por autorizada la Comisión de Servicios del señor Guillermo Enrique Clement D.N.I Nº 28.801.032, personal de Planta Permanente del Ministerio de Seguridad y Justicia, a la Secretaría de Modernización del Estado dependiente de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, a partir del 01 de septiembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.

ARTICULO 2º.- Autorizar la Comisión de Servicios del señor Guillermo Enrique Clement, D.N.I. Nº 28.801.032, personal de Planta Permanente del Ministerio de Seguridad y Justicia, a la Secretaría de Modernización del Estado dependiente de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, a patir del 01 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, o mientras subsistan las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrenado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín oficial y archivar.



Demitrópulos - Domínguez






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