DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 454/22
DEJA SIN EFECTO DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 56/20. DESIGNA A LA SRA. MARIA LAURA LOPEZ AHANDUNI, EN EL CARGO DE DIRECTORA GENERAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE LA VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GENERO.

Publicado en el Boletín N° 21245, el día 06 de Junio de 2022



SALTA, 1 de Junio de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 454

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

VISTO la Ley Nº 8.171 del Gobernador, Vicegobernador, Ministros, Secretario General, Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado, su modificatoria Nº 8274, y el Decreto Nº 16/19; y,

CONSIDERANDO

Que la mentada ley establece las competencias del Sr. Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que por el Decreto Nº 16/19 se delega en la Coordnadón Administrativa de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo, con las excepciones que allí se indican;

Que, a raíz de un reordenamiento administrativo, procede dejar sin efecto la Decisión Administrativa Nº 56/2.020, y designar a la Sra. María Laura López Ahanduni en el cargo de Directora General de Abordaje Integral de la Violencia por Motivos de Genero de la Secretaria de Mujeres, Géneros y Diversidad;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 8.171 modificada por su similar Nº 8.274, y conforme a lo establecido por el artículo 2º del Decreto Nº 16/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 1º de junio de 2022, la designación dispuesta a la Sra. María Laura López Ahanduni mediante Decisión Administradla Nº 56/20.

ARTÍCULO 2º.- Designar, a partir del 1º de Junio de 2022, a la MARIA LAURA LOPEZ AHANDUNI, D.N.I. Nº 32.365.888, en el cargo de Directora General de Abordaje Integral de la Violencia por Motivos de Genero de la Secretaria de Mujeres, Géneros y Diversidad dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo y la Sra. Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Villada - López Morillo






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