DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 457/21
AUTORIZA PAGO DE HORAS CÁTEDRAS A DOCENTES PENITENCIARIOS QUE SE DESEMPEÑARON EN LA ESCUELA DE CADETES, CORRESPONDIENTE AL CICLO 2021.

Publicado en el Boletín N° 21100, el día 28 de Octubre de 2021



SALTA, 25 de Octubre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 457

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expediente Nº 50-101.760/2021-0

VISTO el expediente de referencia originado por la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, solicitando se autorice el pago de horas cátedras de los Docentes Penitenciarios que se desempeñaron en la Escuela de Cadetes en el dictado de la Carrera TECNICATURA SUPERIOR EN CRIMINOLOGIA CON ORIENTACION EN SEGURIDAD Y TRATAMIENTO PENITENCIARIO, correspondiente al Ciclo 2021; y,

CONSIDERANDO:

Que surge de los presentes obrados que la Jefa de Estudio de la Escuela de Cadetes del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, solicita el pago de los docentes penitenciarios que cubrirán los diferentes espacios curriculares correspondientes al Plan de Estudios vigente, aprobado por Resolución Conjunta Nº 675/2003 y de la ex Secretaría de la Gobernación de Seguridad Nº 131/2003;

Que conforme lo mencionado en la Circular Nº 006/2020 de la Dirección General de Educación Superior del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, resuelve en el artículo 3º de la Resolución Nº 253/2020 disponer que los docentes a término del año 2020, por consideración de la situación de pandemia y como excepción, tendrán continuidad para el año 2021;

Que mediante la Resolución Nº 230/2021 la Dirección General del Servicio Penitenciario dispone confirmar a los Docentes propuestos por la Escuela dé Cadetes del SPPS para la cobertura de las horas cátedras en el nivel superior, con carácter de interino y a término para el presente ciclo lectivo 2021, para el Primer Año, Segundo Año y Tercer Año de la Carrera TECNICATURA SUPERIOR EN CRIMINOLOGIA CON ORIENTACION EN SEGURIDAD Y TRATAMIENTO PENITENCIARIO, reconocida por la Resolución Conjunta Nº 675/2003 del Ministerio de Educación y Nº 131/2003 de la entonces Secretaría de la Gobernación de Seguridad;

Que a fs. 33/34 interviene el Encargado de la División Liquidación de Haberes, informando que el gasto asciende a la suma de pesos tres millones cuatrocientos treinta y tres mil doscientos ochenta y uno con 48/100 ($3.433.281,48) y además a fs. 37 a 40 corren los informes técnicos de sus competencias de la División Teneduría de Libros, del Departamento Contable y de la Dirección de Administración del SPPS, respectivamente;

Que a fs. 42/43 obra Dictamen Nº 489/2021 del Departamento Asesoría Letrada del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta y a fs. 45/46 informe técnico de la Asesoría Contable y a fs. 57 a 50 Dictamen Nº 161/2021 de la Asesoría Legal y Técnica de la Sub Secretaría de Políticas Penales;

Que a fs. 62/63 interviene la USI de la citada Cartera de Estado como Órgano de Contralor y produce el informe técnico de su competencia, sin observaciones que formular;

Que a fs. 64/65 se incorpora el Dictamen Nº 653/2021 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, expidiéndose por la viabilidad del dictado del instrumento legal pertinente;

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el pago de las horas cátedras en el nivel superior, en carácter de interino a término para el presente ciclo lectivo 2021, a los Docentes que cubrieron los diferentes espacios curriculares correspondientes al Plan de Estudios vigente, de la Carrera TECNICATURA SUPERIOR EN CRIMINOLOGIA CON ORIENTACION EN SEGURIDAD Y TRATAMIENTO PENITENCIARIO, cuya nómina se detalla en el Anexo que forma parte de la presente y conforme el período que en cada caso se especifica.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 52-SAF 3- Curso de Acción 2000- Actividad 400-Cuenta Objeto 411100- Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



Demitrópulos - Pulleiro - López Morillo



VER ANEXO




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