DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 477/21
DESIGNA AL SR. IGNACIO ESTEBAN ROCA, COMO SECRETARIO 3RA. CATEGORÍA INTERINO. DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

Publicado en el Boletín N° 21109, el día 10 de Noviembre de 2021



SALTA, 5 de Noviembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 477

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0120042-95508/2021-0.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la cobertura de un cargo de Secretario de 3ra. categoría, en el Colegio Secundario Rural Mediado por TICs Nº 5240, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de lo dispuesto en la Ley de Educación de la Provincia Nº 7546 y a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de las actividades educativas, resulta procedente hacer lugar a lo gestionado, atento que dicho cargo se encuentra vacante en la planta orgánica funcional de la citada unidad educativa por creación según Decreto Nº 829/2020;

Que la Secretaria de Gestión Educativa y el Secretario de Administración y Control de Procesos han tomado la debida intervención, aconsejando su cobertura;

Que el departamento Procesos Administrativos de la Dirección General de Personal del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, realizó la imputación preventiva pertinente;

Por ello, con arreglo de lo dispuesto por la Ley Nº 8171 y lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y el Artículo 2 del Decreto Nº 16/2019;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar en el Colegio Secundario Rural Mediado por TICs Nº 5240, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, al Sr. Ignacio Esteban Roca, D.N.I. Nº 33.582.379, Profesor de Educación Secundaria en Tecnologías, como Secretario de 3ra. categoría, interino, turno tarde, a partir de la fecha de notificación del presente instrumento legal y hasta el 22/02/2022, cargo vacante en la planta orgánica funcional del establecimiento por creación según Decreto Nº 829/2020.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA correspondientes al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión administrativa será refrendada por el Sr. Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y la Sra. Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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