DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 482/21
AUTORIZA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN CARÁCTER DE COLABORACIÓN. SRA. ROSANA PAOLA DE LA VEGA, EN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL BOLETÍN OFICIAL.

Publicado en el Boletín N° 21110, el día 11 de Noviembre de 2021



SALTA, 9 de Noviembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 482

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 0020058-196625/2021-0.-

VISTO las necesidades de servicio presentadas en la Dirección General del Boletín Oficial y la solicitud efectuada en autos en tal sentido; y,

CONSIDERANDO:

Que la prestación de servicios en carácter de colaboración es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicio en forma no permanente por parte de un agente a otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicio presentadas en la Dirección General del Boletín Oficial pueden ser suplidas por la señora Rosana Paola de la Vega, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;

Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8171, el Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la prestación de servicios en carácter de colaboración de la señora Rosana Paola de la Vega, D.N.I. Nº 28.051.057, personal con designación temporaria mediante Decisión Administrativa Nº 1256/18 en el Agrupamiento Técnico - Subgrupo 2 - Técnico de la Dirección General de Articulación e Investigación - Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia - Ministerio de Desarrollo Social, a la Dirección General del Boletín Oficial dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a partir del 1º de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021 o mientras duren las necesidades de servicios, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - López Morillo






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