DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 505/22
AUTORIZA PAGO DE BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA. SR. LUIS ERNESTO DÍAZ.

Publicado en el Boletín N° 21258, el día 27 de Junio de 2022



SALTA, 23 de Junio de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 505

Expte. Nº 1100386-88445-2018-0 y Agregados.

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

VISTO
las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Luis Ernesto Díaz, D.N.I. 10.451.779, ex agente de Planta Permanente del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, solicita el pago de Bonificación Extraordinaria; y,

CONSIDERANDO:

Que, a los efectos de evaluar la procedencia de la solicitud efectuada se constató el cumplimiento de los requisitos estipulados en las disposiciones estatuidas en el Decreto Nº 281/2018, en concordancia con lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 216/18;

Que el agente inició los trámites jubilatorios a partir del día 12/04/2018 (fs. 2) a la edad de 65 años y 5 meses (fs. 13), contando con una antigüedad de 34 años, 03 meses (fs.15);

Que el artículo 5o de la Resol. Con. 216 DC/18 dispone: "... Aquellas personas  que a la fecha de la presente ya hubieren sido intimados a jubilarse pero aún no hubieren dado inicio al trámite previsional o aquellas personas que ya hubieren iniciado dicho trámite con anterioridad a la fecha de vigencia del Decreto Nº 281/2018 podrán acceder a la Bonificación Extraordinaria contándose los plazos aquí establecidos desde la publicación de la presente...”;

Que a fs. 31/33 rola notificación de ANSES que otorga el beneficio jubilatorio de fecha 01/06/18;

Que a fs. 34 rola Resolución Delegada Nº 1003D, por la que se acepta la renuncia al cargo que detentaba en la Administración Pública Provincial para acogerse a los beneficios de la jubilación;

Que a fs. 01 el agente solicita el pago de bonificación extraordinaria;

Que habiendo dado cumplimiento el peticionante de iniciar los trámites jubilatorios dentro del plazo estipulado en el Decreto 281/18 y de la Resolución 216DC/18, corresponde hacer lugar a la petición formulada por el Sr. Luis Ernesto Díaz;

Que los organismos competentes tomaron la intervención previa que les corresponde;

Por ello, y de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 8171, su modificatoria Ley Nº 8274 y lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 13/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el pago de la Bonificación Extraordinaria, presentada por el Sr. Luis Ernesto Díaz, D.N.I. 10.451.779, ex agente de Planta Permanente del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda.

ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior,  se imputará a las partidas de Jurisdicción y Curso de Acción que correspondan al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo - Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente instrumento será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.

ARTÍCULO 4º.-Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Villada






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